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Mecanismos, espacios e instancias de participación

La participación de la comunidad educativa en las decisiones de la Institución Educativa República de Uruguay se ejerce a través del gobierno escolar y de las instancias establecidas en la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1075 de 2015. A continuación se describe cada instancia, quiénes la integran, cómo se eligen sus miembros y cuáles son sus funciones.

Consejo Directivo

Qué es: Máxima instancia de participación y dirección de la Institución, y órgano de decisión en los asuntos académicos y administrativos.

Quiénes lo integran: la rectora, quien lo preside; dos representantes de los docentes; dos representantes de los padres de familia; un representante de los estudiantes del último grado; un representante de los egresados; y un representante del sector productivo.

Cómo se elige: los representantes son elegidos por sus respectivos estamentos al inicio de cada año escolar.

Funciones principales: adoptar el Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia; aprobar el presupuesto del Fondo de Servicios Educativos; servir de instancia para resolver conflictos entre miembros de la comunidad educativa; y aprobar los procesos contractuales de la Institución.

Consejo Académico

Qué es: Instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la Institución.

Quiénes lo integran: la rectora, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.

Funciones principales: estudiar y ajustar el currículo; organizar el plan de estudios; participar en la evaluación institucional; y conformar las comisiones de evaluación y promoción.

Consejo de Padres de Familia

Qué es: Órgano de participación de las familias en el proceso pedagógico, conforme al Decreto 1075 de 2015.

Quiénes lo integran: uno o dos representantes de los padres de familia de cada grado.

Cómo se elige: en asamblea de padres de familia, dentro de los treinta días siguientes al inicio del año escolar.

Funciones principales: contribuir al mejoramiento de los resultados de aprendizaje; apoyar las actividades institucionales; y presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia.

Consejo Estudiantil

Qué es: Máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el ejercicio continuo de la participación de los estudiantes.

Quiénes lo integran: un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por la Institución.

Cómo se elige: mediante votación de los estudiantes de cada grado, dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico.

Funciones principales: darse su propia organización interna; invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presenten iniciativas; y presentar propuestas al Consejo Directivo.

Personería Estudiantil

Qué es: Estudiante encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes.

Quién lo ejerce: un estudiante del último grado que ofrece la Institución.

Cómo se elige: por votación de todos los estudiantes, dentro de los treinta días siguientes al inicio del año escolar.

Funciones principales: promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes; recibir y evaluar las quejas que presenten los estudiantes; y presentar ante la rectoría las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos estudiantiles.

Contraloría Escolar

Qué es: Instancia de promoción del control social sobre el manejo de los recursos y bienes de la Institución.

Quién lo ejerce: un estudiante elegido por votación, en articulación con el programa de Contraloría Escolar del Distrito de Medellín.

Funciones principales: promover la cultura del control social; velar por el buen uso de los recursos del Fondo de Servicios Educativos; y presentar informes a la comunidad educativa.

Comité Escolar de Convivencia

Qué es: Instancia creada por la Ley 1620 de 2013 para promover la convivencia escolar y prevenir y atender las situaciones que la afecten.

Quiénes lo integran: la rectora, quien lo preside; el personero estudiantil; el docente con función de orientación; el coordinador; el presidente del Consejo de Padres; el presidente del Consejo Estudiantil; y un docente que lidere procesos de convivencia.

Funciones principales: identificar y documentar situaciones que afecten la convivencia escolar; liderar acciones de prevención; y activar la ruta de atención integral cuando corresponda.

Otros canales de participación

  • Formulario de PQRSF – para presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones.
  • Rendición de cuentas anual ante la comunidad educativa.
  • Atención presencial en la secretaría de la Institución, en el horario publicado.

Última actualización: 30 de agosto de 2026

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